IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LA PRODUCCIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA EJERCICIO 2013 Y PAGO A CUENTA EJERCICIO 2014. MOD. 583
EL pasado año entró en vigor la “Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética”, que reguló el Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Este tributo grava al 7% la realización de actividades de producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, a través de cada una de las instalaciones inscritas en el régimen ordinario y en el régimen especial de producción eléctrica. El citado Impuesto se liquida mediante un pago a cuenta y una autoliquidación final.
AUTOLIQUIDACIÓN FINAL EJERCICIO 2013 .- Ya, el pasado mes de Noviembre del 2013, confeccionamos el Pago Fraccionado del impuesto, por los ingresos de las facturas de producción desde el mes de enero a septiembre inclusive correspondiente al citado ejercicio del 2013. Este año 2014, conforme calendario aprobado para el contribuyente, debe cumplimentarse la Autoliquidación final incluyendo los ingresos que no fueron incluidos en el pago a cuenta, es decir, los obtenidos desde el día 1/10/2013 hasta el 31/12/2013, así como cualquier regularización de consumo respecto sus nueve meses anteriores. El plazo para formular dicha autoliquidación finaliza el próximo día 1 de diciembre 2014.
PAGO A CUENTA EJERCICIO 2014.- Debe presentarse un nuevo Pago Fraccionado por los ingresos facturados desde el periodo: enero a septiembre inclusive del año 2014. El plazo para formular dicha autoliquidación finaliza el próximo día 20 de noviembre 2014.
Ambas declaraciones deberán presentarse por vía telemática por medio del soporte modelo 583 bien por el propio declarante o bien por un tercero que actúe en su nombre.